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CONCLUSIONES

CONCLUSIONES En conclusión, la necesidad de revisar las convenciones  colectivas  utilizando la teoría de la imprevisión hace necesario partir  de  la base  de  un  Estado social  de derecho,  que  cobija todo  tipo  de situaciones  que  se presenten  en la sociedad, con lo cual  garantiza  la igualdad  que  debe  existir  entre  todos los ciudadanos, y debe aplicarse siempre en todos los casos y a todas las personas; pero más que la igualdad, se debe garantizar ante todo la equidad. De otra forma, la libertad  sindical,  más  que  una  innovación  jurídica  en el campo laboral, es una reestructuración social de las costumbres sindicales que tiene tanto implicaciones positivas  (la reorganización  de los sindicatos con base en la libertad para escoger la mejor forma de mejorar sus condiciones y derechos) como negativas (abuso del derecho), pero que requieren tiempo para ser adaptadas en la sociedad; por tanto considero que esta situación debería mantenerse,  en es

NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y EQUIDAD DE GÉNERO

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NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y EQUIDAD DE GÉNERO FUENTE : Chávez, J. Cómo incorporamos la igualdad de género en las NIT. Recuperado de. https://slideplayer.com/slide/10669536/ El primer estudio sistemático en América Latina sobre la incorporación de los derechos de la mujer trabajadora y las demandas de género a los procesos de negociación colectiva del que tenemos conocimiento fue realizado en Brasil por el Departamento Intersindical de Estadísticas y Estudios Socioeconómicos (DIEESE, 1 9 9 7 )1 0. En este estudio pionero se puede observar que, a pesar de las dificultades anteriormente señaladas, el tema no está ausente y su importancia no es pequeña. En otro estudio realizado en Brasil para el período 1993-1997, que analiza las convenciones colectivas de ocho ramas productivas en el Estado de São Paulo (metalúrgicos, bancarios, químicos, metro viarios, alimentación, turismo, construcción civil y transporte urbano), también se registra una presencia importante de cláusulas

EMPLEADOS PÚBLICOS Y DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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EMPLEADOS PÚBLICOS Y DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA El caso de la negociación colectiva de los empleados públicos se ha formulado un deseo de otorgarles igualdad de condiciones a los empleados  públicos frente a los trabajadores particulares, lo cual ha creado una figura jurídica basada en el Convenio N° 151 de la Off y del Art. 55 de la  Constitución Política. La problemática  a la cual  se enfrenta  ese deseo  de  otorgarles   el derecho a la negociación  colectiva  a los  empleados   públicos,   no  es supuestamente la calidad del empleador, que en el caso de los empleados públicos  es el  Estado. No; el principal problema que se presenta es el vínculo laboral por medio    del   cual se  generan las  obligaciones, ya  que  mientras que los trabajadores particulares tienen un vínculo  contractual  con sus empleadores, los  empleados    públicos   tienen   un  vínculo   legal y reglamentario, de tal forma que  estos últimos  dependen de  la facultad   de unilateralidad p

CONVENCIÓN COLECTIVA - NOTICIA

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La nueva convención colectiva en Ecopetrol también beneficia a tercerizados y a los llamados “directivos” Fecha: 1 octubre, 2018 Categoría: Diálogo social , Mundo sindical El pasado 23 de septiembre la Unión Sindical Obrera, USO, firmó una nueva convención colectiva de trabajo con Ecopetrol, la cual tendrá vigencia desde el 1º de julio de este 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022, y que como novedad importante incluye beneficios no solo para los trabajadores directos, sino también para los tercerizados y los que Ecopetrol llama “directivos”. La firma de esta nueva convención, quebeneficia a 7.200 trabajadores, se logró tras agotar todas las instancias ytiempos reglamentarios de ley. De hecho, se firmó el día 41 de la etapa de arreglo directo, y su resultado dejó satisfechos tanto a los trabajadores comoa la empresa. De la mesa de negociación también hicieron parte otros sindicatos minoritarios de Ecopetrol, como son Adeco, Sindispetrol, Utipec, Trasine, Asintrahc y Apr

LIBERTAD SINDICAL Y CONVENCIÓN COLECTIVA

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LIBERTAD SINDICAL Y CONVENCIÓN COLECTIVA Desaparecidas las prohibiciones para conformar varios sindicatos de base a partir de los fallos de la Corte Constitucional C-567-00, C-797-00 y 584-00, se ha producido un nuevo desarrollo y un nuevo reto en materia del derecho laboral colectivo. La nueva perspectiva ha generado una proliferación de sindicatos en las empresas que originan problemas como el debilitamiento del poder de presión de éstos para negociar favorablemente una convención colectiva, la dificultad en la negociación de un conflicto colectivo por parte de un empleador y varios sindicatos y el abuso del de asociación sindical. Respecto al problema de la debilitación de la estructura sindical, si bien es cierto que la libertad sindical, de que habla la Constitución y los tratados de la OIT, es un asunto en el cual el Estado no debe intervenir con restricciones, porque la libertad de asociación sindical en un Estado democrático como el nuestro le otorga a todo traba

SINDICATOS

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SINDICATOS El sindicato es una asociación sin ánimo de lucro, integrada por los trabajadores de una empresa cuyo objetivo es la defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales. Es una organización de libre ingreso y retiro de los trabajadores. Existen tantas definiciones de sindicato como tratadistas que analizan esta figura. conforme al diccionario de la lengua española sindicato es ''la asociación formada para la defensa de intereses económicos o políticos comunes a todos los asociados. dícese especialmente asociaciones obreras organizadas bajo estrecha obediencia y compromisos rigurosos'' Clasificación de acuerdo con el artículo 356 del estatuto laboral los sindicatos de trabajadores se clasifican en: 1. De empresa: están formados por personas de varias profesiones. oficios o especialidades, establecimiento o institución ej: sindicato de trabajadores Noel. 2. De industria o por rama de actividad económica: formados por per

Desaparición de la convención colectiva cuando se disuelve el sindicato

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FUENTE: Jaimes, N. (2018 Octubre 18). ¿Se puede afirmar que al disolverse el sindicato de una empresa desaparece la convención colectiva?. Actualícese. Recuperado de. https://www.youtube.com/watch?v=64j9KcYSwbU